← Volver al blog
Regulación

UTEs: cuándo aliarte con otra empresa para poder licitar

UTEs: cuándo aliarte con otra empresa para poder licitarRegulación

A veces el contrato que quieres te queda grande: falta solvencia, faltan medios o sobra riesgo. La UTE es la herramienta para llegar, siempre que entiendas exactamente lo que firmas al aliarte con otro.

La Unión Temporal de Empresas está regulada en el artículo 69 de la LCSP. Es una agrupación sin personalidad jurídica propia que dos o más empresarios constituyen para concurrir a un contrato concreto y ejecutarlo, y se extingue cuando este termina. Su gran virtud es la acumulación: a efectos de acreditar solvencia, clasificación y medios, se suman las capacidades de todos los integrantes, lo que permite alcanzar umbrales que en solitario ninguno cubriría. Es, en esencia, una forma de competir en una categoría superior sin haber crecido todavía hasta ella. Bien usada, la UTE es un acelerador; mal planteada, es la forma más rápida de acabar respondiendo por un contrato que no controlas.

Cuándo tiene sentido aliarte

  • Solvencia insuficiente: no llegas al volumen de negocio, la clasificación o la experiencia exigida, pero sumando con un socio sí.
  • Complementariedad técnica: cada empresa aporta una parte del objeto —obra civil e instalaciones, software y servicio de campo—.
  • Capacidad de ejecución: el contrato exige medios materiales o humanos que en solitario no podrías desplegar.
  • Reparto de riesgo: contratos grandes o de larga duración cuyo riesgo prefieres no asumir íntegramente.

Para licitar no necesitas constituir la UTE en escritura pública desde el inicio, lo que evita gastos y trámites si finalmente no ganáis. Basta con aportar en la oferta el compromiso de constitución y la identificación de los integrantes con la participación de cada uno. La formalización solo se exige si resultáis adjudicatarios, momento en el que la unión adquiere sus obligaciones plenas frente a la Administración y debe mantenerse durante toda la vigencia del contrato.

Hay además ventajas técnicas que conviene conocer. La clasificación y la solvencia se acumulan según reglas específicas, de modo que la unión puede alcanzar categorías que ningún socio tendría por separado, y la experiencia aportada por cada uno cuenta para el conjunto. El reverso es que el acuerdo interno de UTE se convierte en un contrato tan importante como el propio contrato público: en él debéis fijar quién dirige, cómo se reparten ingresos y gastos, qué ocurre si un socio no cumple y cómo se resuelven las discrepancias. Frente a la Administración esos pactos internos no os eximen de la responsabilidad solidaria, pero entre vosotros marcan la diferencia entre una alianza ordenada y un litigio.

El riesgo que no puedes ignorar

Frente a la Administración, los miembros de la UTE responden de forma solidaria. Esto significa que la Administración puede exigir el cumplimiento íntegro del contrato a cualquiera de vosotros, con independencia del reparto interno de tareas que hayáis pactado entre socios. Si tu socio incumple, el problema es también tuyo y tu patrimonio responde por el total, no solo por tu parte. Por eso la elección del socio es tanto una decisión de riesgo como comercial, y los profesionales experimentados dedican más tiempo a auditar a su futuro socio que a redactar la oferta: la solidaridad convierte la fiabilidad ajena en un factor de riesgo propio.

  • La solidaridad alcanza a la totalidad del contrato, no solo a la parte que ejecutas tú.
  • Regula por escrito el reparto interno de tareas, costes, responsabilidades y penalidades.
  • Comprueba la solvencia y el historial del socio: respondes por sus errores igual que por los tuyos.
  • Recuerda que la UTE debe mantenerse durante toda la vigencia; disolverla antes tiene consecuencias.
En una UTE sumas capacidades, pero también respondes por los errores de tu socio.

La recomendación práctica es no improvisar en los últimos días de plazo. Licitados cruza los requisitos de solvencia y clasificación de cada expediente con el perfil de tu empresa, de modo que veas al instante qué contratos podrías ganar en solitario y en cuáles una UTE marca la diferencia entre poder presentarte o quedarte fuera, con tiempo suficiente para preparar la alianza adecuada en lugar de buscarla a contrarreloj. Elegir socio con antelación, negociar el reparto interno con calma y verificar su solvencia antes de que la prisa del plazo obligue a firmar cualquier cosa es, al final, lo que distingue una UTE que multiplica capacidades de una que solo multiplica riesgos.

¿Te ha gustado? Suscríbete y recíbelos antes que nadie.